Calendario tributario DIAN Octubre 2014

Faltando 3 meses para finalizar el año, los contribuyentes colombianos todavia tienen por delante hasta finalizar 2014, impuestos que pagar en el Calendario Tributario de Colombia 2014-2015 de la DIAN. Por eso les ofrecemos el calendario tributario DIAN Octubre 2014 uno de los próximos meses del Calendario Tributario Colombia 2014 que restan por pagar tributos si es que les corresponden pagar y declarar diferentes tributos dentro del Calendario Tributario Colombia 2014-2015 con las fechas y plazos de pagos.

Calendario Tributario Colombia 2014-2015

Tal como viene publicando la Dian, mes a mes -en medio está la polémica de la reforma tributaria colombiana-la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), dando a conocer los plazos y fechas que deben cumplir los contribuyentes colombianos para pagar y/o declarar por cada tributo sus obligaciones tributarias del año gravable 2013 en 2014 y hasta 2015 en el calendario tributario en Colombia.

Calendario tributario DIAN Octubre 2014

Retención en la Fuente y Autorretenciones del CREE:

Los plazos para presentar las declaraciones de retención en la fuente que corresponda a los meses de 2014 y cancelar el valor respectivo, vencen en las fechas del mismo año, excepto la del Diciembre que vence en 2015. Los contribuyentes autorretenedores del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, cuyos ingresos brutos a 31 Diciembre de 2013 fueron iguales o superiores a 92.000 UVT ($2.469.372.000) deberán presentar la declaración mensual de autorretención en la fuente a título de CREE.

Último Digito 

1/  11 Noviembre de 2014

2/  12 Noviembre de 2014

3/  13 Noviembre de 2014

4/   14 Noviembre de 2014

5/   18 Noviembre de 2014

6/    19 Noviembre de 2014

7/    20 Noviembre de 2014

8/    21 Noviembre de 2014

9/    24 Noviembre de 2014

0/   25 Noviembre de 2014

Declaración cuatrimestral de autorretenciones del CREE

Los contribuyentes autorretenedores del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, cuyos ingresos brutos a 31 Diciembre de 2013 sean inferiores a 92.000 UVT ($2.469.372.000), deberán presentar la declaración de autorretención en la fuente a título de CREE cada 4 meses, según el último dígito del NIT del autorretenedor, que figure en el Certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Cuatrimestre Septiembre – Diciembre de 2014

Hasta el día. Si el último dígito es:

1/  14 Enero de 2015

2/  15 Enero de 2015

3/  16 Enero de 2015

4/  19 Enero de 2015

5/   20 Enero de 2015

6/   21 Eenero de 2015

7/   22 Enero de 2015

8/   23 Enero de 2015

9/   26 Enero de 2015

0/   27 Enero de 2015

Declaración y pago bimestral del Impuesto sobre ventas:

Los responsables del impuesto, grandes contribuyentes y las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de Diciembre del año gravable 2013, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, ($2.469.372.000) así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.

Periodos Bimestrales:

Enero-Febrero

Marzo-Abril

Mayo-Junio

Julio-Agosto

Septiembre-Octubre

Noviembre-Diciembre.

Los vencimientos, según el último dígito del NIT del responsable, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

ÚLTIMO
DÍGITO
DECLARACION Y PAGO – ULTIMO DIGITO NIT O C.C.

Septiembre – Octubre 2014

1/  11 Noviembre de 2014

2/  12 Noviembre de 2014

3/  13 Noviembre de 2014

4/  14 Noviembre de 2014

5/   18 Noviembre de 2014

6/   19 Noviembre de 2014

7/   20 Noviembre de 2014

8/   21 Noviembre de 2014

9/   24 Noviembre de 2014

0/   25 Noviembre de 2014

Declaración y pago cuatrimestral del Impuesto sobre las ventas

Los responsables del impuesto, son personas jurídicas y naturales con ingresos brutos a 31 de Diciembre del año gravable 2013 si los ingresos son iguales o superiores a ($15.000) ($402.615.000) UVT e inferiores a ($92.000) ($2.469.372.000) UVT, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera cuatrimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.

Periodos Cuatrimestrales:

Enero-Abril

Mayo-Agosto

Septiembre-Diciembre.

Los vencimientos, según el último dígito del NIT del responsable, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Cuatrimestre Septiembre- Diciembre

Hasta el Día. Si el Último Digito es

1/  14 Enero de 2015

2/ 15 Enero de 2015

3/  16 Enero de 2015

4/  19 Enero de 2015

5/ 20 Enero de 2015

6/  21 Enero de 2015

7/  22 Enero de 2015

8/  23 Enero de 2015

9/  26 Enero de 2015

0/ 
27 Enero de 2015

Declaración anual y pago cuatrimestral impuesto sobre las ventas:

Los responsables del impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos generados a 31 de Diciembre del año gravable 2013, sean inferiores a (15.000) UVT ($402.615.000), deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas de manera anual utilizando el formulario prescrito por la DIAN.

El 30% de anticipo cuatrimestral deberá calcularse sobre la suma de la casilla “saldo a pagar por impuesto” de la totalidad de las declaraciones del impuesto sobre las ventas correspondientes al año gravable inmediatamente anterior. Si el valor calculado en el literal anterior tiene saldo a favor del contribuyente, éste no estará obligado a hacer los abonos parciales.

Para pagar el anticipo, el responsable deberá utilizar el recibo de pago No.490 prescrito por la DIAN, y efectuar el pago en los plazos.
Declaración y último pago que corresponderá al saldo por impuesto sobre las ventas del año gravable 2014 efectivamente generado.

Si el Último Dígito es:

1/ 14 de enero de 2015

2/  15 de enero de 2015

3/  16 de enero de 2015

4/  19 de enero de 2015

5/ 20 de enero de 2015

6/ 21 de enero de 2015

7/  22 de enero de 2015

8/  23 de enero de 2015

9/  26 de enero de 2015

0/  27 de enero de 2015

Declaración y Pago Bimestral del Impuesto Nacional al Consumo

Los responsables del Impuesto Nacional al Consumo como establece el artículo 512-1 y siguientes del Estatuto Tributario, deberán presentar y pagar la declaración del impuesto nacional al consumo de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la DIAN.  Los vencimientos, según el último dígito del NIT del responsable, que figure en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, serán:

ÚLTIMO
DÍGITO
DECLARACION Y PAGO – ULTIMO DIGITO NIT O C.C.

Septiembre- Octubre 2014

SI el Último Dígito es

1/  11 Noviembre de 2014

2/  12 Noviembre de 2014

3/  13 Noviembre de 2014

4/  14 Noviembre de 2014

5/   18 Noviembre de 2014

6/   19 Noviembre de 2014

7/   20 Noviembre de 2014

8/   21 Noviembre de 2014

9/   24 Noviembre de 2014

0/   25 Noviembre de 2014

Declaración de renta personas naturales

Por el año gravable 2013 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, o declaración del impuesto mínimo alternativo simplificado -IMAS cuando el contribuyente obligado a declarar opte por determinar la base gravable y declarar por este sistema, en el formulario prescrito por la DIAN, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, y los bienes destinados a fines especiales en donaciones y asignaciones modales, y que los donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente, las personas naturales no residentes que obtengan renta via establecimientos permanentes en Colombia.

Las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración de renta y complementarios en forma electrónica y dentro de los siguientes plazos señalados. Igualmente, el pago del impuesto y el anticipo; podrán efectuarlo electrónicamente o en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano dentro del mismo plazo.

Dos últimos dígitos
Hasta el día

 

67 y 68 29 Septiembre de 2014
69 y 70 30 Septiembre de 2014
71 y 72 01 Octubre de 2014
73 y 74 02 Octubre de 2014
75 y 76 03 Octubre de 2014
77 y 78 06 Octubre de 2014
79 y 80 07 Octubre de 2014
81 y 82 08 Octubre de 2014
83 y 84 09 Octubre de 2014
85 y 86 10 Octubre de 2014
87 y 88 14 Octubre de 2014
89 y 90 15 Octubre de 2014
91 y 92 16 Octubre de 2014
93 y 94 17 Octubre de 2014
95 y 96 20 Octubre de 2014
97 y 98 21 Octubre de 2014
99 y 00 22 Octubre de 2014

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