
Las cesantías forman parte de una prestación social que favorece al trabajador, se crearon con la intención de proteger al trabajador que queda cesante o como dice coloquialmente, que pierde su empleo. En ese sentido, saber cómo calcular el valor de las cesantías es importante tanto para el patrono, como para el empleado.
¿Cómo calcular el valor de las cesantías?
Se podría decir que es una prestación social donde el trabajador ahorra en caso de que quede desempleado, requiera hacer inversiones en educación, necesite hacer reformas a la vivienda o quiera ejecutar una liberación de gravámenes.
Estas siempre van a representar un mes de salario por cada año laborado o a una cifra proporcionalmente al tiempo que se laboró en una determinada empresa.
La base del calculo la liquidación de las cesantías la establece el artículo 253 del Código Laboral, distinguiendo dos bases diferentes:
- El salario que no haya tenido alguna variación en los últimos 3 meses. En estos casos el cálculo se hace en base al salario del trabajador.
- El salario que ha tenido variaciones en los últimos 3 meses con salario variable. En estos casos se promedia el salario de los últimos 12 meses o el tiempo de vinculación del trabajador.
¿Cuál es el monto de las cesantías?
Tal como lo establece el artículo 249 del Código Laboral, las cesantías se deben pagarse de manera obligatoria al empleado. El patrono debe sacar el calculo de salario por cada año laborado o el monto proporcional al tiempo laborado si el trabajador tiene menos de un año en la empresa.
Para sacar el monto de las cesantías se debe aplicar el 8.33% al salario mensual, por lo tanto, para los 12 meses de un año se va a tener provisionar casi el 100% de las cesantías, es decir un estimado del 99.96%.
En el momento que se tenga el monto de las cesantías y la base se emplea una operación sencilla. Se multiplica el salario (base) por la cantidad de días laborados y el monto que resulte se divide entre 360.
¿Cuándo se pagan las cesantías?
Lo ideal es calcular anualmente y dar resultados el 31 de diciembre de cada año. De todos modos tal como lo establece la Ley la empresa está obligada a consignar como fecha tope el 14 de febrero del año siguiente. Ya sea en un fondo de cesantías o se le entrega al trabajador en caso de que lo solicite o no siga laborando en la empresa
Es importante mencionar que los intereses de las cesantías paguen en dinero, ya sea por transferencias bancarias o por un cheque. No se deben dar ni activos ni acciones. Además se le da directamente al trabajador, y se le paga al 12% anual para los saldos que se dan hasta el 31 de diciembre de cada año.
Otras opciones para calcular las cesantías
En Colombia algunas páginas web dan la opción de sacar el cálculo por medio de los simuladores virtuales. Este servicio se ofrece de manera gratuita en tiempo real.
El cálculo lo realiza directamente el portal. Se deben ingresar como base el último salario del empleado. En caso de haber existido algunas variaciones en los últimos 3 meses, el cálculo de las cesantías se hace en base al promedio de los salarios devengados en el último año.
De forma inmediata aparece el monto reflejado en pesos. Así de fácil. Con solo un clic usted tiene el monto de lo acumulado. Si desea puede probar con el siguiente link: https://www.proteccion.com/wps/portal/proteccion/web/home/proteccion-conecta/herramientas-simuladores/simulador-cesantias
El cálculo de las cesantías es igual para todos los trabajadores. La formula que suministramos es simple y cada trabajador debe tener conocimiento de cómo calcular el valor de las cesantías.
Dejar una contestacion